El Kit Digital ha repartido más de 900.000 ayudas entre autónomos y pymes españolas, y sigue siendo la subvención de digitalización más buscada del país. Hoy, julio de 2026, no hay ninguna convocatoria abierta: la última se cerró el 31 de octubre de 2025. Pero en enero se modificaron las bases del programa precisamente para poder publicar convocatorias nuevas con el presupuesto que queda. Esto es lo que conviene saber antes de que eso pase.
Qué es exactamente el Kit Digital
El Kit Digital es un programa de ayudas públicas financiado con fondos europeos Next Generation y gestionado por Red.es, la entidad pública dependiente del Ministerio para la Transformación Digital. Su objetivo es que los negocios pequeños den un salto digital real: página web, tienda online, posicionamiento, gestión de redes sociales, factura electrónica, ciberseguridad, gestión de clientes o puesto de trabajo seguro.
La diferencia con otras subvenciones está en cómo llega el dinero, y conviene entenderla bien porque es la fuente de casi todos los malentendidos: el importe no se ingresa en tu cuenta. Se concede como un bono digital que se descuenta del servicio que contratas con un agente digitalizador adherido al programa. Tú eliges la solución y la empresa que te la implanta; esa empresa cobra directamente de la administración, por fases y contra justificación, y tú no adelantas el importe cubierto por el bono.
Esa mecánica tiene una consecuencia práctica: el agente digitalizador que elijas no es un proveedor cualquiera. Es quien presenta la justificación, quien responde ante Red.es y quien carga con el papeleo si algo se atasca. Cambiar de proveedor a mitad de un proyecto subvencionado es engorroso, así que la elección importa más de lo que parece el primer día.
Cuánto dan: los cinco segmentos
El importe depende exclusivamente del número de empleados de la empresa. Estos son los cinco segmentos vigentes del programa, con su importe máximo de ayuda:
- Segmento III — entre 0 y menos de 3 empleados: hasta 3.000 €. Aquí entran la mayoría de autónomos, incluidos los que no tienen ningún trabajador a cargo.
- Segmento II — entre 3 y menos de 10 empleados: hasta 6.000 €.
- Segmento I — entre 10 y menos de 50 empleados: hasta 12.000 €.
- Segmento IV — entre 50 y menos de 100 empleados: hasta 25.000 €.
- Segmento V — entre 100 y menos de 250 empleados: hasta 29.000 €.
Un apunte importante para los más pequeños: el segmento III empezó siendo de 2.000 € y se amplió a 3.000 € al modificarse las bases del programa. Si estás leyendo información antigua —y hay mucha circulando, incluidos artículos de agencias sin actualizar— es fácil que te encuentres la cifra vieja.
Los segmentos IV y V, para medianas empresas, son los últimos en incorporarse y llegaron con una novedad interesante: su catálogo de soluciones se actualizó para incluir tecnologías de inteligencia artificial en algunas categorías, algo que no contemplaban las convocatorias iniciales dirigidas a los negocios más pequeños.
El Kit Digital no lo pierde quien no cumple los requisitos. Lo pierde quien se entera tarde: el fondo se reparte por orden de llegada.
En qué punto está el programa ahora mismo
Conviene ser claro, porque circula mucha confusión y bastante titular optimista: a fecha de hoy no hay ninguna convocatoria del Kit Digital abierta. El portal oficial del programa lo dice con esas palabras: las convocatorias han finalizado. Fueron cinco en total, entre enero de 2021 y octubre de 2025. La del segmento III, la de los negocios más pequeños, expiró el 31 de octubre de 2025 a las 11:00 de la mañana, y la dirigida a medianas empresas había cerrado en junio de ese mismo año.
Una de esas cinco convocatorias merece mención aparte porque suele pasar desapercibida: hubo una específica para comunidades de bienes, sociedades civiles y explotaciones agrarias de 0 a menos de 50 empleados. Es una forma jurídica muy común en negocios familiares y en el campo, y mucha gente da por hecho que queda fuera del programa cuando no es así. Si tu negocio es una C.B. o una S.C., estabas dentro y lo estarás cuando se convoque de nuevo.
Lo que sí ha ocurrido es un movimiento normativo relevante. El 28 de enero de 2026 se publicó en el BOE la Orden TDF/39/2026, que modifica las bases reguladoras del programa. Su finalidad, según el propio texto, es doble: garantizar que todas las solicitudes puedan concederse siempre que haya presupuesto disponible y permitir que ese presupuesto disponible se destine, en su caso, a publicar nuevas convocatorias bajo esas mismas bases.
Traducido: no es una convocatoria, pero es el paso previo que hace falta para que pueda haberla. Es la diferencia entre «han abierto el plazo» —que es lo que algunos titulares dan a entender— y «han preparado el terreno para poder abrirlo». La segunda es la versión correcta hoy, y por eso desconfía de cualquiera que te asegure fechas concretas: a día de hoy no se han publicado.
Quién puede pedirlo
Los requisitos exactos los fija cada convocatoria, pero el esqueleto se ha mantenido estable a lo largo de todo el programa:
- Ser autónomo, microempresa o pyme con domicilio fiscal en España y dentro de alguno de los cinco segmentos por número de empleados.
- Tener una antigüedad mínima en la actividad. En las últimas convocatorias se rebajó el listón para los autónomos, lo que abrió la puerta a negocios relativamente recientes.
- Estar al corriente de las obligaciones con Hacienda y con la Seguridad Social, y no incurrir en las prohibiciones habituales para ser beneficiario de subvenciones públicas.
- Haber realizado el test de diagnóstico digital en la plataforma del programa. Es un cuestionario sobre el nivel de digitalización del negocio y es requisito previo, no un trámite posterior.
- No superar los límites de ayudas de minimis acumuladas en los últimos ejercicios.
Hay un matiz que sorprende a mucha gente: no hace falta ser una empresa tecnológica ni tener ninguna base digital previa. De hecho, el salto más grande lo dan siempre los negocios que llegan sin web o con una web abandonada desde hace años. Un taller, una clínica dental, una asesoría o un instalador entran perfectamente en el programa.
En qué se puede gastar el bono
El catálogo se organiza en categorías de soluciones, y cada una tiene su importe máximo dentro del bono. Las más solicitadas por los negocios pequeños son la presencia en internet y sitio web, el comercio electrónico, la gestión de redes sociales, la gestión de clientes —lo que se conoce como CRM—, la factura electrónica, la ciberseguridad y el puesto de trabajo seguro.
Aquí está la decisión que de verdad determina si el bono sirve de algo, y es una decisión comercial, no administrativa: elegir la categoría por dónde están tus clientes, no por lo que suena mejor. Para un negocio local que vive de que alguien busque un servicio en su zona, el retorno suele estar en la combinación de web más posicionamiento, porque es lo que hace que te encuentren en el momento exacto en que tienen el problema. La gestión de redes rinde cuando el producto se descubre visualmente o ya hay comunidad detrás. Y una tienda online solo tiene sentido si hay stock, logística y alguien atendiendo pedidos.
Piensa también en el día después. La web que montes con el bono seguirá viva cuando el bono se haya consumido: pregunta desde el principio qué costes recurrentes va a tener —dominio, alojamiento, mantenimiento— y a nombre de quién quedan. Deben quedar a tu nombre, siempre.
Qué conviene hacer mientras tanto
Que no haya convocatoria abierta no significa que no haya nada que hacer. Significa exactamente lo contrario, porque cuando estas ayudas se abren, el fondo se reparte por orden de solicitud hasta agotarse. Quien tiene el certificado digital vigente y el diagnóstico hecho presenta el primer día; quien empieza a buscar papeles esa semana suele llegar tarde.
Los trámites que puedes dejar resueltos desde hoy —certificado digital, test de diagnóstico, certificados de estar al corriente— y los errores que más caros salen los detallamos en esta guía: cómo prepararte hoy para no llegar tarde cuando el Kit Digital reabra.
Las dudas que nos plantean siempre
«¿El dinero me lo ingresan a mí?» No. El bono se descuenta del servicio y el agente digitalizador cobra de la administración por fases, contra justificación. Tú no adelantas el importe cubierto. Si alguien te propone que pagues tú y luego «ya se lo reclamas a Red.es», desconfía.
«¿Puedo pedirlo si soy autónomo sin empleados?» Sí. El segmento III cubre de 0 a menos de 3 empleados, así que un autónomo sin ningún trabajador entra de lleno, con hasta 3.000 € de ayuda.
«Ya usé parte del Kit Digital hace tiempo, ¿puedo pedir más?» Si te queda saldo del importe que se te concedió, puede destinarse a otras categorías del catálogo. Lo primero es revisar qué se consumió y en qué, porque muchas empresas tienen saldo sin gastar y no lo saben.
«¿Cuándo reabre?» No hay fecha publicada. Lo único cierto es que en enero de 2026 se modificaron las bases para permitir nuevas convocatorias con el presupuesto disponible. Cualquiera que te dé una fecha concreta hoy se la está inventando.
«¿Qué pasa si no cumplo los requisitos?» Que es mejor saberlo en cinco minutos que después de haber montado expectativas. Comprobar la elegibilidad no cuesta nada y no compromete a nada.
Cómo lo hacemos nosotros
Somos agente digitalizador adherido al programa, así que gestionamos el proceso completo: comprobamos si cumples los requisitos y qué segmento te corresponde, preparamos y presentamos la solicitud, ejecutamos la solución elegida —web con posicionamiento, tienda online o gestión de redes— y presentamos la justificación ante la administración en cada fase. Tú revisas y apruebas; el papeleo es nuestro.
Y mientras no haya convocatoria, lo único útil es entrar en la lista de aviso: no cuesta nada, te avisamos en cuanto haya fecha oficial y llegamos al primer día con la documentación lista. Es la única parte del proceso que depende de ti, y suele ser la que decide el resultado.